Otras ayudas después del paro

Existen ayudas después del subsidio de desempleo que puedes solicitar si cumples con las condiciones. Por eso, en este artículo nos vamos a centrar en cuáles son las posibilidades que tienes, si te has quedado sin paro y sigues sin conseguir trabajo para subsistir.

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  1. ¿Quiénes necesitan ayudas después del paro? 
  2. Subsidios por cotización agotada o insuficiente
    1. Subsidio por insuficiencia de cotización
    2. Subsidio de ayuda familiar
    3. Subsidio para mayores de 45 años
    4. Subsidio para mayores de 52 años
  3. Subsidios para colectivos especiales
    1. Emigrantes retornados mayores de 45 años
    2. Liberados de prisión
    3. Revisión de incapacidad permanente
  4. ¿Qué tener en cuenta al solicitar subsidios después del paro?

¿Quiénes necesitan ayudas después del paro?

La prestación por desempleo es subsidio que ofrece el Estado a quienes se han quedado sin empleo por diferentes circunstancias. Y, aunque esta ayuda no existe en todos los países y es una tranquilidad para muchas familias, a veces no es suficiente.

En ocasiones, quienes agotan el paro, no han tenido tiempo suficiente para encontrar un empleo con el que mantener a su familia. Puede que se deba a una crisis, una cuestión de edad, o cualquier otro tipo de impedimento.

Pero, en los casos en los que esto ocurre, todavía queda una posibilidad: solicitar una ayuda para después del paro. Estas ayudas, como hemos dicho, no son demasiadas. Pero si sabes cuáles son y cumples con sus requisitos, será más fácil que encuentres una que se adapte a ti.

▷ Lee también: Prestación por desempleo y cómo calcular el paro:

Subsidios por cotización agotada o insuficiente

La prestación por desempleo es una prestación contributiva para la que es necesario cumplir con una serie de requisitos. Por eso, quienes han agotado esta prestación sin encontrar trabajo y necesitan una ayuda económica, o no tienen derecho a la prestación contributiva, pueden encontrar otras ayudas.

Las siguientes son las posibilidades que existen en este campo.

  • Subsidio por insuficiencia de cotización: Esta es una pensión creada para aquellas personas que han cotizado al menos 3 meses y tienen cargas familiares; o 6 meses sin cargas familiares. Como no han alcanzado los 360 días de cotización, estas personas no tienen derecho a la prestación por desempleo. Sin embargo, pueden tener derecho a esta pensión de 430 € mensuales.
  • Subsidio de ayuda familiar: Se trata de un subsidio para personas desempleadas que han agotado la prestación contributiva, y que tienen responsabilidades familiares. También existe una ayuda familiar para quienes no cotizaron suficiente. Dependiendo de los requisitos que se cumplan, se podrá solicitar un tipo de ayuda familiar diferente, y sus condiciones, importes y plazos serán distintos.
  • Subsidio para mayores de 45 años: Este subsidio ha sido pensado para las personas mayores de 45 años, que han agotado el paro y no tienen cargas familiares. Con esta ayuda se cobran 430 € al mes durante un máximo de 6 meses. En caso de que el último trabajo con el que se llenó la prestación contributiva fuese a media jornada, la ayuda será de 230 € al mes.
  • Subsidio para mayores de 52 años: Los desempleados que superan los 52 años y han cotizado en su vida laboral al menos 15 años, y 2 de ellos en los últimos 15 años, pueden solicitar esta ayuda. Esta es una ayuda de 430 €, al igual que ocurre con el resto.

Subsidios para colectivos especiales

Hay determinados colectivos que pueden disponer de ayudas tras el paro. Estos son los mayores de 45 años que sean emigrantes retornados, los liberados de prisión y las personas con pérdida de incapacidad permanente.

  • Emigrantes retornados mayores de 45 años: Si eres español y emigraste a un país extranjero, y ahora regresas a España, tienes derecho a cobrar las ayudas para retornados. Se trata de un subsidio de 430 € que podrás cobrar durante 11 meses, prorrogables hasta tres anualidades alternas.
  • Liberados de prisión: Si has sido liberado de prisión, estás desempleado inscrito en el servicio de demanda de empleo y cumples con el resto de las condiciones, puedes solicitar un subsidio. Se trata de una ayuda de 340,27 € al mes, durante 6 meses. El plazo es prorrogable hasta un máximo de 18 meses, siempre que sigas cumpliendo con los requisitos.
  • Revisión de incapacidad permanente: Hay personas a las que, tras una revisión de su incapacidad permanente, se les retira la invalidez absoluta. Estas personas pueden verse ante una carencia de rentas y necesitar una ayuda. Por eso, pueden disponer de este subsidio para desempleados, con la que pueden cobrar 430 € al mes durante un máximo de 18 meses.

Ayudas extraordinarias

Existen ayudas que se ofrecen de manera extraordinaria a quienes no tienen derecho, ni a la prestación contributiva por desempleo, ni a los subsidios ordinarios. También pueden tener derecho a estas ayudas extraordinarias quienes hayan agotado los demás subsidios.

  • Renta Activa de Inserción (RAI): Aunque son las mismas siglas las que lo reconocen, en este caso RAI no se refiere al fichero de morosos. Se trata de una ayuda para desempleados de larga duración que tienen más de 45 años. También son aptos para recibir esta ayuda los desempleados con discapacidad igual o superior al 33 %, quienes hayan sufrido violencia de género o los emigrantes retornados mayores de 45.
  • Subsidio extraordinario por Desempleo (SED): Se trata de otra ayuda extraordinaria, que ha sido pensado para personas sin empleo que tengan responsabilidades familiares (cónyuge o un hijo menor de 26 años a su cargo), y que hayan agotado el paro, o sean parados de larga duración.

¿Qué tener en cuenta al solicitar subsidios después del paro?

Cuando te has quedado sin paro, tienes varias opciones a las que recurrir. Como has visto a lo largo del artículo, son varias las posibilidades de ayudas después del paro.

Pero antes de acudir y solicitar una ayuda, es importante que te informes. Y la mejor manera de hacerlo es acudir a una oficina del Servicio Público de Empleo o a la oficina de Servicios Sociales de tu municipio, para preguntar a qué ayudas tienes derecho en tu situación.

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